NovaGob recoge en su web la definición de Christian Bason, director de Mindlab: “la innovación pública es el proceso de creación de nuevas ideas y su transformación en valor para la sociedad”.
Según el objetivo de la innovación se consideran 3 tipos de IP, que son los integrantes de este modelo:
- Innovación organizativa: según el Manual de Oslo dirigida a innovar en los procesos, a generar nuevos productos o servicios, a la propia organización o al marketing.
- Innovación tecnológica: implantación de nuevos productos tecnológicos en la propia gestión interna (transformación digital), en la ciudad (smart cities) o nuevas tendencias en sistemas relacionales, dispositivos virtuales (blockchain, asistentes virtuales,…), etc.
- Innovación social: recordemos esta definición “una solución nueva a un problema social que es más efectiva, eficiente, sostenible o justa que las soluciones existentes y que genera valor para la sociedad en general” (West y Farr).
Últimamente se hace presente la denominada innovación abierta que según Henry Chesbrough “el Open Innovation es un paradigma que asume que las empresas pueden y deben utilizar ideas externas tan bien como las ideas internas”, es la co-innovación, la generada con los grupos de interés.
Para que la propuesta se considere innovación se deben dar estos atributos:
- Cambio: representar un cambio con respecto a lo anterior, impactar de forma cualitativa en los productos o servicios, ser útil.
- Novedad: las propuestas o ideas deben suponer novedad (que no existía) para la organización, no simplemente algo nuevo (p. ej. simple reposición de algo ya defectuoso).
- Acción: deben aplicarse o ser aplicables, no ser sólo una idea, ha de contemplar las variables que hagan posible su aplicación.
En el Gobierno Vasco con Innovación Pública se refieren a:
- Unos servicios públicos pensados para las ciudadanas y los ciudadanos, y con las ciudadanas y los ciudadanos.
- Una Administración abierta: valores de transparencia, participación y colaboración ciudadana en las políticas públicas.
- Una Administración basada en las personas como referentes, copartícipes y co-responsables de la acción de gobierno.
- Administración autocrítica que planifica estrategias y evalúa resultados.
- Una Administración que asigna y utiliza los recursos públicos de forma eficiente y eficaz.
¿Qué no es?
La IP suele solaparse con otros conceptos afines:
- No es I+D: no es investigación o desarrollo, la UNE 166002 cuando define la innovación la centra en aspectos como el seguimiento de patentes, poco ajustada a la IP. Se trataría de innovaciones radicales en la línea que Schumpeter definía como “un proceso dinámico (destrucción creativa) en el cual nuevas tecnologías sustituyen a las antiguas”.
- No es mejora continua: con frecuencia propuestas innovadoras tienen más que ver con mejoras en los procesos, calidad, que con innovación; en este aspecto, en nuestra Entidad, si buscamos innovación y se nos proponen mejoras, obviamente no las desdeñamos.
- No es modernización: la simple actualización tecnológica, la reposición de productos o actualización,… tampoco debe entenderse como innovación aunque, como en el caso anterior, no los desdeñamos.